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Generales

20/02/2021 ACTUALIDAD EMPRESAS INACTIVAS

26/02/2021 Por Daniel Dejar un comentario

Actualmente este despacho cuenta con un pequeño porcentaje de empresas inactivas. La inactivación de estas sociedades ha consistido en un proceso simple y sin coste para la empresa, en contraposición a la liquidación y disolución de la sociedad en donde se multiplican los trámites.

Esta situación nace de las siguientes motivaciones:

  1. Se presume, de manera errónea, la inexistencia de riesgos añadidos, tal y como sería la falta de presentación de Cuentas Anuales o la exposición a la inspección tributaria durante cuatro años.
  2. La disolución y liquidación conlleva un coste económico determinado, además del conflicto a la hora de valorar o ajustar en esta liquidación unos activos que pueden no existir actualmente.

En tanto no se produzca su cierre registral, las sociedades inactivas tienen varias obligaciones anuales:

  • Presentación de modelos a Hacienda.
  • Legalización de libros.
  • Presentación de Cuentas anuales en el Registro Mercantil.

Con los recientes cambios normativos, parece definido dentro de las propuestas de la Agenda de Asuntos Económicos proceder a emitir la sanción correspondiente, por parte de la Administración tributaria por el incumplimiento de estas obligaciones.

Esta combinación de circunstancias nos sitúa en la obligación de transmitiros las siguientes alternativas de cara a afrontar esta situación:

  1. Comenzar el proceso de liquidación de estas entidades.
  2. Conocer el riesgo real asumido por el administrador a causa de:
    • La posible sanción cercana.
    • La responsabilidad del administrador considerada en los pronunciamientos de los tribunales, los cuales, a lo largo del tiempo, han establecido este incumplimiento como una causa de negligencia. Esto se traduce en la aplicación de la consiguiente responsabilidad personal de daños, incluso sobre el pago de deudas.
  3. La obligación de comenzar a presentar las Cuentas Anuales, la Legalización de libros y el Impuesto sobre Sociedades.

En caso de que se opte por comenzar con el proceso de liquidación, se deben haber satisfecho las deudas de la sociedad:

  • Pagos a la Administración: IVA, IRPF, Cuotas a la Seguridad Social, IS, IBI, plusvalías y otros impuestos locales.
  • Pagos a acreedores: suministros, colaboradores profesionales, empleados, cualquier otro tipo de proveedor de productos o servicios con quien se tengan deudas pendientes.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración respecto a este proceso.

26/01/2021 ESTADO DE INFORMACIÓN NO FINANCIERA

26/01/2021 Por Daniel Dejar un comentario

Las empresas o instituciones se sirven de los estados contables, informes financieros o de cuentas para dar a conocer a los usuarios la evolución y la situación de la empresa. Comúnmente estos informen recopilan y analizan información contable elaborada conforme a las normas que la regulan. Dentro de la sociedad moderna, tanto la Administración como los consumidores demandan un mayor volumen de información, concretamente relativa al destino y al uso que se da a la inversión de las empresas, en este ámbito de actuación, se regula el Estado de Información No Financiera.

La propia Ley 11/2018 que promueve este estado lo introduce en su preámbulo tal como sigue:

 “La divulgación de información no financiera o relacionada con la responsabilidad social corporativa contribuye a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad … algunas empresas deben preparar un estado de información no financiera que contenga información relativa, por lo menos, a cuestiones medioambientales y sociales, así como relativas al personal, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno.”

Esto nos lleva a los encargados de generar esta información, bien como administradores de las empresas o bien como consultores de las propias empresas, a hacernos varias preguntas: ¿debemos presentarlo? ¿cuándo? ¿en qué plazo y a través de que medio? o la más importante ¿Qué debe contener este Estado de Información no Financiera? A estas preguntas vamos a intentar dar respuesta.

¿Qué contenido debe tener?

Se trata de un informe anual relativo a la sociedad que deberá contener una descripción detallada grupo empresarial. A continuación se hará referencia a la celebración de la junta y se mencionarán las políticas que se hubieran aprobado.

Este estado deberá elaborarse conforme a unos estándares normalizados. Hemos considerado oportuno estructurarlo en torno al GRI, por ser el mas común en este tipo de normativa. Dentro de este Estado de Información No Financiera deberá incluirse una referencia expresa al estándar que se está siguiendo y su índice de materias.

Si las hubiera, deberían referirse las siguientes políticas, resultados y riesgos vinculados a las cuestiones relativas a:

1. Modelo de negocio.

  • Visión y estructura de la red comercial. Estructura de plantilla y referencia a las condiciones laborales de los mismos.
  • Cumplimiento del buen gobierno y la Ley de Sociedades de Capital:
    • Se referirán las acciones dirigidas por la compañía hacia cumplir el buen gobierno, a continuación, pasarán a enumerarse.
  • Riesgos de la compañía y modelo de gestión de los mismos (Abastecimiento, liquidez, regulación…).
  • Políticas generales de cumplimiento de buen gobierno corporativo.

2. Análisis de materialidad de los asuntos relevantes identificados en el periodo

  • Estableceremos un cuadrante que diferencie la relevancia de las operaciones y las prácticas usadas en el mismo.
  • A continuación se muestra una propuesta razonable de ordenación de prioridades de materialidad

3. Cuestiones medioambientales: Efectos, procedimientos, aplicación de la precaución y garantías frente a estos riesgos.

  • Economía circular, uso sostenible y biodiversidad.
  • Cuestiones climáticas y de contaminación relativas a la sociedad.

4. Cuestiones relativas al personal:

  • Número y distribución de empleados por sexo, edad, país y clasificación
  • Modalidades de contrato
  • Remuneraciones medias por sexo, edad y clasificación del personal.
  • Formación.
  • Igualdad entre hombres y mujeres
  • Empleados con discapacidad y accesibilidad
  • Salud y seguridad: accidentes, contingencias.
  • Dialogo social y organización del tiempo de trabajo.

5. Cuestiones relativas al cumplimiento de los derechos humanos.

6. Informe sobre la lucha contra la corrupción y soborno.

  • Medidas adoptadas.
  • Medidas específicas contra el blanqueo de capitales.

7. Compromisos de desarrollo sostenible de la empresa.

Lógicamente, toda esta información deberá adaptarse al tamaño, capacidad y actividad de la empresa.

¿Cómo y de qué manera debe presentarse?

Hemos considerado oportuno extraer la siguiente información de la Ley

1. Una empresa dependiente perteneciente a un grupo estará exenta de la obligación de presentarlo si está incluida en el informe de gestión consolidado de la empresa dominante. Del mismo modo, las pequeñas y medianas empresas quedan eximidas de la obligación de incluir una declaración no financiera.

  • Deberá incluir en el informe de gestión una referencia a la identidad de la sociedad dominante y al Registro Mercantil u otra oficina pública donde deben quedar depositadas sus cuentas junto con el informe de gestión consolidado.

2. Se entenderá que una sociedad cumple con la obligación de elaborar el estado de información no financiera consolidado regulado en el apartado anterior si emite un informe separado, correspondiente al mismo ejercicio, en el que se indique de manera expresa que dicha información forma parte del informe de gestión, se incluya la información que se exige para dicho estado y se someta a los mismos criterios de aprobación, depósito y publicación que el informe de gestión. Y se someta a los mismos criterios de aprobación, depósito y publicación.

Este informe se pondrá a disposición del público de forma gratuita y será fácilmente accesible en el sitio web de la sociedad dentro de los seis meses posteriores a la fecha de finalización del año financiero y por un período de cinco años.

10/12/2020 PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2021

10/12/2020 Por Daniel Dejar un comentario

El día 3 de diciembre se aprobó en el congreso de los Diputados los Presupuestos de 2021. Esta aprobación supone la derogación de los Presupuestos de 2018, vigentes hasta el momento, y con los que estábamos operando hasta ahora. 

Pero, ¿Cómo nos afectan estos nuevos presupuestos?

Aunque están pendientes de aprobación por el senado, inicialmente es un texto definitivo y, por tanto conviene realizar una previsión efectiva de los principales puntos a tratar:

Una vez estén aprobados definitivamente entrarían en vigor el 1 de enero, cuando según lo previsto empezaremos a operar con ellos.

15/11/2020 OPTIMIZACIÓN TRIBUTARIA: CAMBIOS CENSALES Y DE RÉGIMEN DE TRIBUTACIÓN A FINAL DE AÑO

18/11/2020 Por Daniel Dejar un comentario

Es conveniente considerar los últimos periodos del año para realizar un estudio de los posibles cambios de régimen que pudieran resultarnos más beneficios de cara a optimizar nuestra tributación:

Primero, en el mes de noviembre:

  • Pueden darse altas y bajas de IVA mensual del SII y tendrá efectos al año siguiente.

El SII será aplicable a los sujetos pasivos que decidan acogerse al mismo a través del modelo 036 de noviembre del año anterior.

  • Se puede acceder al régimen de devolución mensual del IVA.

A través de la inscripción en el Registro de devolución mensual, mediante la presentación del modelo 036 correspondiente. Consecuentemente con esto, deberán presentarse de manera telemática las autoliquidaciones mensuales del IVA y cumplir con la obligación de llevanza de libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la AEAT

  • Tenemos la opción de acogernos a la prorrata especial del IVA.

En los supuestos del inicio de una actividad que constituya un sector diferenciado, en el resto de los casos se podrá ejercitar en la última declaración del IVA correspondiente al año natural, procediéndose a regularizar las deducciones practicadas durante el periodo.

Relativo al mes de diciembre tenemos las siguientes opciones:

  • Opción de modificación del criterio de caja (Reglamento Art. 7 RD 828/2013)

Este régimen podrá aplicarse por los sujetos pasivos que opten por su aplicación, deberá ejercitarse a tiempo de presentar la declaración de comienzo de la actividad, o bien, en la declaración censal durante el mes de diciembre anterior.

  • Altas y bajas en el IAE de empresas con más de un millón de euros de la cifra de negocio del ejercicio aprobado.

Al superar el umbral referido de un millón de euros deberemos presentar durante el mes de diciembre inmediato del año anterior el modelo 840 declarando la obligación de pago del impuesto. De la misma manera, si nuestra cifra de negocios disminuye hasta situarse por debajo de un millón de euros, tendremos que presentar una declaración de baja durante diciembre.

  • Cambios de estimación en el IRPF (Módulos, Directa Normal, Directa Simplificada)

Los contribuyentes que cumplan los requisitos para aplicar el método de estimación directa u objetiva podrán solicitar su aplicación durante el mes de diciembre anterior al año natural en que deba surtir efecto.

La renuncia tendrá efecto por tres años como mínimo. Transcurrido este plazo se entenderá prorrogada tácitamente para cada uno de los años siguientes en que resulte aplicable.

15/10/2020 GUIA SOBRE PLANIFICACIÓN DEL CIERRE FISCAL

19/10/2020 Por Daniel Dejar un comentario

1. Habitualmente tenemos definida, de manera más o menos clara la imagen de la entidad y como queremos proyectarla, conviene adecuar la información financiera y contable a nuestra idea de negocio. Analizaremos los ratios financieros y patrimoniales que deriven de la información de la entidad y adecuaremos esta información a la realidad y mejor imagen posible. Siempre en función de las necesidades y objetivos de la empresa.

2. Mediante el conocimiento de la casuística de la empresa, optimizaremos las ventajas fiscales que le pueden ser aplicables y trataremos de maximizarlas. Dando el apoyo suficiente en las actuaciones necesarias para acogerse a esas ventajas fiscales.

3. Seguimiento de la operativa a nivel de aprovisionamientos de la empresa, si fuera necesario, para alinearlo con la normativa.

4. Profundizar en prever las contingencias de la empresa. Con el objetivo de tener un conocimiento claro de los posibles riesgos.

5. Comentar y comprender las relaciones entre socios o entidades vinculadas para la comprensión del cliente y su correcto reflejo a nivel de la administración pública. Es importante revisar y preparar adecuadamente la información pública derivada de estas obligaciones.

6. Es necesario evaluar las entradas y salidas de inmovilizado en la entidad, la proyección de las inversiones y, valorar su naturaleza contable como gasto o inversión.

7. Por nuestro perfil auditor, tendemos a hacer un análisis global de riesgos, con el objetivo de no desatender posibles riesgos ocultos de la entidad.

8. Conviene realizar una correcta política retributiva a socios para evitar posibles contingencias, es común encontrar entidades con determinados volúmenes de nóminas, intereses o dividendos aportados a los socios. Conviene conocer los excesos o defectos en estos importes para su defensa en una posible inspección.

9. Se deberá plantear una adecuada clasificación de partidas contables,en función de la realidad y los intereses de la entidad.

10. En determinadas circunstancias, se deberá plantear una adecuada sucesión de negocio de cara a minimizar el coste fiscal y las posibles problemáticas de los distintos vínculos familiares.

11. Antes de terminar el año habrá que revisar si se producen altas o modificaciones en los siguientes puntos:

  • Sistema de información Inmediata (SII)
  • Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
  • Cambios censales

Asimismo, habrá que considerar los cambios de estimación en la Prorrata del IVA y de los métodos de estimación, tanto en IRPF como en IVA.

12. Ante la imposibilidad de recuperar determinados créditos, conviene adelantarse a esto y establecer una estrategia de control adecuada.

13. Es habitual pensar en el año vivo, pero en ocasiones, puede resultar oportuno considerar la situación pasada y futura y establecer una proyección adecuada de la entidad para los próximos años.

14. Se aportan y revisan los controles internos de la entidad de cara a mejorar y facilitar el seguimiento de las obligaciones que afecten a la empresa.

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